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Causales

Cambio de apellido por filiación no determinada en Chile

¿Naciste de una filiación no matrimonial y quieres cambiar o agregar un apellido? Conoce tus opciones legales bajo la Ley 17.344.

✍️ Equipo cambiodeapellido.cl 🗓️ Actualizado el ⏱️ 3 min de lectura

⚡ Respuesta rápida

La Ley 17.344 permite el cambio de apellido a las personas cuyos padres no hayan determinado su filiación (por ejemplo, al no estar reconocidos por el padre), con el fin de agregar un apellido o modificar los inscritos originalmente.

En Chile, la filiación (el lazo legal de madre/padre e hijo) tiene directa influencia en los apellidos que portamos. Históricamente, muchos niños fueron inscritos únicamente por sus madres bajo lo que antes se denominaba filiación no matrimonial o simplemente no determinada, quedando registrados con un solo apellido o con los dos apellidos de la madre. La Ley 17.344 provee una causal específica para rectificar y mejorar esta situación de identidad.

La causal de filiación no determinada

El artículo 1°, letra c) de la Ley 17.344 contempla explícitamente el cambio de nombre y apellidos para:

"En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando el solicitante hubiera sido inscrito con uno solo, o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al solicitante, cuando fueren iguales."

Esta causal busca equiparar la situación de las personas que no cuentan con la filiación de ambos padres establecida en su registro de nacimiento, permitiéndoles estructurar su nombre con dos apellidos diferentes para desenvolverse social y jurídicamente en igualdad de condiciones.

Para comprender el contexto general del procedimiento, te sugerimos revisar los requisitos para cambiar de apellido en Chile.

Casos comunes donde aplica esta causal

  • Inscripción con un solo apellido: Personas que en su cédula de identidad solo registran el primer apellido materno. Mediante el juicio civil, pueden solicitar agregar el segundo apellido de su madre o el apellido paterno de su abuelo materno para completar su identidad con dos apellidos.
  • Inscripción con apellidos iguales: Personas inscritas con el primer y segundo apellido iguales de la madre (ej. González González). La ley les permite reemplazar uno de ellos para evitar confusiones de homonimia y simplificar sus trámites. Puedes leer más sobre la causal de homonimia en cambio de apellido por homonimia.
  • Reemplazo por apellido de crianza: En casos donde la filiación del padre no está determinada, pero el menor ha sido criado por otra familia o por un padrastro, se puede utilizar esta causal combinada con el uso prolongado para adoptar el apellido de crianza. Revisa cómo cambiar el apellido por el de un padrastro.

Proceso de tramitación en tribunales

Para solicitar el cambio de apellido bajo esta causal, el interesado debe seguir el procedimiento judicial ordinario:

  1. Presentar una demanda patrocinada por un abogado ante el Juzgado Civil.
  2. Acompañar la partida de nacimiento para demostrar que la filiación no está determinada (falta el reconocimiento de uno de los progenitores).
  3. Publicar un extracto en el Diario Oficial para resguardar el derecho de oposición de terceros.
  4. Rendir la prueba de testigos e informes del Registro Civil.

Una vez que el juez dicta la sentencia de aprobación, el cambio se inscribe formalmente y se procede a la renovación de todos los documentos públicos del solicitante. Si quieres saber cuáles son los pasos a seguir tras la sentencia, visita qué pasa después del cambio de nombre.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa que la filiación no esté determinada?

Significa que legalmente solo uno de los padres (comúnmente la madre) ha reconocido al hijo en su partida de nacimiento, quedando el espacio del otro progenitor en blanco.

¿Puedo ponerme dos apellidos si solo fui inscrito por mi madre?

Sí. Puedes solicitar judicialmente agregar el segundo apellido de tu madre o el de la familia materna que te crió, para contar con dos apellidos oficiales.

¿Este cambio exige que mi padre biológico me reconozca?

No. Este juicio es puramente formal para modificar los apellidos en el carnet. No constituye un reconocimiento de paternidad ni genera lazos de filiación con el padre ausente.

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