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Procedimiento

Impugnación y rectificación de reconocimiento de paternidad por error

¿Reconociste a un menor que no es tu hijo biológico por error? Conoce la impugnación de paternidad y rectificación de acta.

✍️ Equipo cambiodeapellido.cl 🗓️ Actualizado el ⏱️ 3 min de lectura

⚡ Respuesta rápida

Para rectificar la partida de nacimiento si reconociste a un menor por error o engaño, debes entablar un juicio de impugnación de paternidad ante los Tribunales de Familia, requiriendo una prueba de ADN de exclusión para que el juez ordene suprimir tu apellido del acta.

El reconocimiento de un hijo es un acto jurídico solemne, irrevocable y de enorme trascendencia legal en Chile. Sin embargo, en ocasiones, un hombre reconoce a un recién nacido convencido de que es su hijo biológico basándose en una creencia errónea o engaño de la madre. Si posteriormente descubres que no eres el padre biológico y deseas rectificar el acta de nacimiento del menor, el camino legal es iniciar un proceso en los Tribunales de Familia.

La acción de impugnación de paternidad

Dado que el reconocimiento voluntario de un hijo no se puede deshacer de forma administrativa en las oficinas del Registro Civil, el interesado debe interponer una demanda de impugnación de paternidad:

  • Competencia: Se tramita ante los Tribunales de Familia del domicilio del menor de edad.
  • El fundamento del juicio: Se alega que el reconocimiento se prestó bajo un error de hecho (creencia errónea sobre la paternidad biológica).
  • La prueba reina: El tribunal ordenará de forma obligatoria la realización de una prueba pericial de ADN en el Servicio de Registro Civil e Identificación o en laboratorios autorizados.

Para conocer cómo influye el cambio de apellido en los derechos sucesorios regulares, revisa cómo afecta el cambio de apellido a la herencia en Chile.

Plazos legales estrictos para demandar

El legislador chileno busca resguardar la estabilidad familiar de los niños, por lo que el Código Civil establece plazos breves para ejercer esta acción:

  • El plazo general es de un año contado desde el momento en que el reconociente tuvo conocimiento del error de paternidad (por ejemplo, desde el día en que se realizó un examen de ADN privado que excluyó la paternidad).
  • Si transcurre ese plazo sin que se presente la demanda, la paternidad quedará establecida de forma inamovible, manteniendo todas las obligaciones de pensión de alimentos y visitas.

Efectos en el certificado de nacimiento y apellidos

Si el Tribunal de Familia acoge la impugnación dictando sentencia favorable:

  1. Rectificación del Registro: El juez ordenará al Registro Civil subinscribir la sentencia al margen de la partida de nacimiento del menor.
  2. Supresión de la Paternidad: Se eliminarán los datos del demandante de la sección "Datos del Padre".
  3. Cambio de Apellidos: El menor dejará de portar el apellido del demandante. Su carnet se renovará reflejando únicamente los apellidos maternos del menor, restableciendo su estado civil original.

Para comprender qué hacer con los documentos de identidad tras esta actualización, te sugerimos consultar nuestra guía sobre qué documentos actualizar después del cambio de apellido.

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo tengo para impugnar un reconocimiento por error?

Si el reconocimiento fue voluntario, el plazo general para impugnar por error es de un año desde que tuviste conocimiento del hecho o del error que motivó el acto.

¿Se puede hacer este cambio de forma voluntaria en el Registro Civil?

No. El Registro Civil no puede eliminar la paternidad de su base de datos administrativamente. Exige de forma obligatoria una sentencia judicial dictada por un Tribunal de Familia.

¿Qué pasa con el apellido del niño si gano la impugnación?

Al acogerse la impugnación, el apellido paterno del demandante es eliminado del certificado del menor, quien quedará inscrito únicamente con sus apellidos maternos.

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